El tratamiento del Unit Linked en el IRPF

Unit Linked y el IRPF

El seguro Unit Linked tiene en España una relación muy estrecha con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas desde su primera regulación en diciembre de 1999. Veamos cuál es la situación actual de los seguros Unit Linked en el marco del IRPF.

Artículos relevantes:

Arts. 14.2.h y 25. 3 de la Ley 35/2006 del IRPF

Art. 17 del Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, reglamento del IRPF

Reglas generales de tributación del Unit Linked en el IRPF: ¿Cómo se aplica el impuesto?

El IRPF grava los rendimientos percibidos por las personas físicas, de tres tipos:

    1. 1. Rendimientos del trabajo y actividades económicas
    2. 2. Rendimientos del capital mobiliario
    3. 3. Ganancias y pérdidas patrimoniales

 

En el caso de los seguros de vida, la regla general es, en primer lugar, que si una persona física percibe algún importe de un seguro que ha contratado ella misma, tiene que tributar en el IRPF, en el grupo 2 (rendimientos de capital mobiliario).

Eso supone que los tipos marginales a los que puede estar gravado ese rendimiento son entre el 19% y el 30% (a partir de 300.000 euros).

La base sobre la que se aplica ese tipo es la diferencia entre el importe que se pagó de prima y el importe que se ha recibido al rescatar o terminar el seguro, sin ningún tipo de reducción en función del tiempo transcurrido.

Y si se trata de un rescate parcial, se aplica la regla FIFO (se retiran las primeras primas que se pagaron, según el artículo 17 del reglamento del IRPF)

El artículo 14.2.h de la Ley 35/2006: Excepciones fiscales para los seguros Unit Linked

El tratamiento fiscal del apartado anterior es la regla general, aunque en realidad está escrita como una ‘excepción’. Y lo consideramos la norma general porque todos y cada uno de los seguros unit linked que se comercializan en España cumplen con esa excepción, regulada en el artículo 14.2.h de la Ley 35/2006 del IRPF

Este artículo, que todas las aseguradoras cumplen, dice que los seguros unit linked no deben permitir que los tomadores decidan sobre las inversiones de las pólizas o que, si se les permite hacerlo, solo decidan sobre unas listas predefinidas de instituciones de inversión colectiva o cestas gestionadas de activos.

Si algún unit linked en España incumpliera esta norma, el tomador debería tributar cada año por la revalorización del seguro, aunque no rescatara ni cancelara el producto.

Normas especiales de tributación para seguros Unit Linked: Rentas y plusvalías

Si al vencimiento de un seguro el tomador decide percibir el beneficio del contrato en forma de renta (temporal o vitalicia), existen unas normas especiales de tributación en el artículo 25.3 de la Ley.

En ese caso, no se tributa sobre la diferencia entre lo que se aportó y lo que percibe como renta, sino que la regla es que se tribute sobre toda la renta, aplicando a cada cobro unos porcentajes de reducción.

El artículo diferencia entre si las rentas son:

    • – Inmediatas (se empiezan a pagar al contratar el seguro) -> se tributa sobre toda la renta que se cobra, con las reducciones que establece el artículo
    • – Diferidas (se empiezan a cobrar más tarde) -> se tributa sobre toda la renta, después de aplicar las reducciones, pero se añade además la rentabilidad del seguro desde que se contrató hasta que se cobra.

 

Si quien cobra es un tercero porque el asegurado ha fallecido, solo se tributa en impuesto de sucesiones en estos casos, y no en IRPF.

Pero si la renta viene de una donación, sí se tributa en el IRPF sobre la renta, y la única diferencia es que no se añade a la renta la rentabilidad en el caso de rentas diferidas.

Más reglas especiales

Si un tomador de un seguro Unit Linked decide ceder o donar su seguro a un tercero (operación regulada en el artículo 99 de la Ley del Contrato de seguro), entonces la plusvalía o minusvalía no tributa como rendimiento de capital mobiliario sino como ganancia o pérdida patrimonial.

Los tipos de tributación son los mismos, pero hay dos diferencias importantes:

    • – Las ganancias patrimoniales no llevan retención a cuenta del 19%.
    • – Las ganancias patrimoniales, si se han producido después de un año de la inversión, no se computan en el cálculo de la base conjunta con el impuesto de patrimonio.

 

La ‘norma Liberty’ y su impacto fiscal en seguros Unit Linked

Si el Unit Linked que le ofrece una aseguradora es del tipo “mixto de muerte y supervivencia”, es decir, que tiene una duración determinada y, al vencimiento lo percibe el propio tomador, existe una regla que debe tenerse en cuenta, conocida como la ‘norma Liberty

La regla dice que, si en algún momento de la vida del contrato la cobertura del seguro ha sido de más del 5% del valor de la prima pagada, el rendimiento fiscal no es solo la diferencia entre lo cobrado y las primas, sino que hay que añadir los costes de la cobertura de fallecimiento.

Si le interesa saber el porqué de esta alambicada norma, puede consultarlo en este link aquí.

Productos especiales como el PIAS y el SIALP: Exenciones fiscales en el IRPF

Finalmente comentar que hay dos modalidades de seguro de vida especiales, cuya rentabilidad no tributa en el IRPF y que pueden estructurarse en formato de seguro Unit Linked.

El primero es el PIAS (Producto Individual de Ahorro Sistemático). Es un producto que puede configurarse como Unit Linked y que, cuando se percibe la prestación, la parte correspondiente a la rentabilidad obtenida no tributa en el IRPF si:

    • – No se aportan más de 8.000 euros al año,
    • – no se acumulan más de 240.000 euros en el seguro,
    • – se percibe en forma de renta vitalicia y
    • – han pasado cinco años desde que se contrató.

 

Entró en vigor en 2007 y está regulado en la Disposición Adicional 3ª de la Ley del IRPF.

El segundo es el SIALP (Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo). Tampoco tributan los rendimientos en el IRPF si:

    • – No se aportan más de 5.000 euros al año,
    • – la aseguradora garantiza el 100% del capital aportado al vencimiento a los 5 años,
    • – se percibe en forma de capital,
    • – no se rescata en cinco años desde la contratación.

 

Este, en cambio, entró en vigor en 2015 y está regulado en la Disposición Adicional 26ª de la Ley IRPF.

 

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