
Traspaso de Unit Linked: por qué la ley discrimina a los seguros frente a los fondos
La Ley 35/2006 de 28 de noviembre aprobó la nueva normativa del IRPF que regula como tributan las personas físicas españolas. En la exposición de motivos el legislador justificaba la introducción por primera vez en nuestro país de una tributación distinta y unificada para las rentas del ahorro, eliminando diferencias injustificadas entre productos. El texto fue el siguiente: Por razones de equidad y crecimiento, se otorga un tratamiento neutral a las rentas derivadas del ahorro, eliminando las diferencias no justificadas que existen actualmente entre los distintos instrumentos en los que se materializa. Con ello, a la vez que se simplificará la elección de los inversores, se incrementará la neutralidad fiscal de los distintos productos y se favorecerá la productividad y competitividad, mejorando la posición de nuestro país en un entorno internacional de libre circulación de capitales y de fuerte competencia. De esta manera, se aborda la modernización de la tributación del ahorro, asignatura pendiente de las reformas precedentes. Se evita así que las diferencias en la presión fiscal que soportan los diferentes instrumentos distorsionen la realidad financiera del ahorro (como la denominada rentabilidad financiero-fiscal que mide una rentabilidad por completo ajena a las características intrínsecas del producto que se pretende












