
Fiscalidad del Unit Linked: diferencias entre valor de póliza y cobro
El seguro Unit Linked, como todo seguro de vida, puede tener múltiples configuraciones; uno o varios tomadores, uno o varios asegurados, uno o varios beneficiarios. La fiscalidad del Unit Linked varía según estos factores, ya que los tomadores y beneficiarios (no los asegurados) pueden ser personas físicas o jurídicas. Además, el seguro puede ser de vida entera o mixto de muerte y supervivencia, entre otras modalidades. Pero lo más habitual es que el seguro tenga un tomador persona física, que es al mismo tiempo el único asegurado en el contrato, por lo que cuando fallece, la póliza termina y nace el derecho a cobrar por parte del beneficiario. En estos casos, cuando el asegurado muere y existe un beneficiario que tiene derecho a cobrar la prestación, surge habitualmente una duda sobre cómo debe tributar ese beneficiario. ¿Cómo tributa el Unit Linked en el Impuesto de Sucesiones? El artículo 3 de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, por la que se aprueba el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, dispone en su letra c) que: “constituye el hecho imponible: …/… c) La percepción de cantidades por los beneficiarios de contratos de seguros sobre la vida, cuando el contratante sea persona distinta