Mutua a prima fija

Art. 9 RD Leg 6/2004, Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados: las mutuas a prima fija son entidades aseguradoras privadas sin ánimo de lucro que tienen por objeto la cobertura a sus socios, personas físicas o jurídicas, de los riesgos asegurados mediante un prima fija pagadera al comienzo del periodo de riesgo (…).

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