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¿Qué es una póliza y qué contenido debe tener?

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La póliza es el nombre que recibe el documento o conjuntos de documentos que reflejan lo acordado en el contrato de seguro.

De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, la póliza debe redactarse, a elección del tomador del seguro, en cualquiera de las lenguas españolas oficiales en el lugar donde se formalice (o, si el tomador es de otro país de la UE y así lo solicita, en la lengua de su país).

La póliza debe contener obligatoriamente todas las indicaciones siguientes:

  • – Nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y su domicilio, así como la designación del asegurado y beneficiario, en su caso.
  • – El concepto en el cual se asegura.
  • – Naturaleza del riesgo cubierto, describiendo, de forma clara y comprensible, las garantías y coberturas otorgadas en el contrato, así como respecto a cada una de ellas, las exclusiones y limitaciones que les afecten destacadas tipográficamente.
  • – Suma asegurada o alcance de la cobertura.
  • – Importe de la prima, recargos e impuestos.
  • – Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago.
  • – Duración del contrato, con expresión del día y la hora en que comienzan y terminan sus efectos.
  • – Si interviene un mediador en el contrato, el nombre y tipo de mediador.

 

En el caso de una póliza de tipo Unit Linked, son de aplicación toda una serie de obligaciones de información especiales derivadas de la normativa europea de los Productos de Inversión Basados en Seguros (PIBS). Estas obligaciones son tanto anteriores a la celebración del contrato como posteriores durante toda la vida del mismo.

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