Conceptos básicos
Liquidez del unit linked
En principio, el seguro de vida unit linked es o puede hacerse líquido en cualquier momento. Dicho esto, un contrato de seguro de vida no es una inversión de tesorería y no debe emplearse como tal. Se concibe y gestiona teniendo en consideración un horizonte de inversión a medio o largo plazo.
Existen diversas maneras de hacer líquido un contrato de seguro, reguladas detalladamente en la ley:
- el rescate
- el anticipo
- la reducción
- la pignoración
- la cesión
El rescate total o parcial de la póliza es la manera más habitual de hacer líquido el contrato. La ley exige a las aseguradoras que en los seguros regulen específicamente los derechos de rescate de los tomadores (art 94 LCS), y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, en una consulta presentada por la aseguradora Lombard International en 2018, confirmó que en los unit linked debe ofrecerse el derecho de rescate a los tomadores en todo caso.
La ley también exige a las compañías, en los seguros de vida entera y en los mixtos, ofrecer anticipos sobre la prestación asegurada de acuerdo con las condiciones fijadas en la póliza (art 99 LCS). El anticipo es un préstamo sobre la póliza que hace la aseguradora, reembolsable a la póliza.
El Tomador de una póliza puede pedir (art 95 LCS) la reducción de la cobertura del seguro, lo que supone la devolución al tomador de las primas pagadas no consumidas.
También puede, para obtener liquidez, pignorar u otorgar la póliza en garantía de un crédito (art 99 LCS). En este caso, el prestatario se convierte en el nuevo beneficiario.
Finalmente, la póliza se puede tambíen transmitir o ceder (art 99 LCS), y nada impide que sea a cambio de un importe. Esta operación es muy común en algunos países (UK, Alemania o USA), pero nada habitual en España.