Conceptos básicos
¿Cómo está protegido el patrimonio invertido en un Unit Linked frente a una posible quiebra de la aseguradora?
La principal crítica que recibieron los unit linked cuando empezaron a comercializarse en España a mediados de los años 90 fue que, en caso de quiebra de la compañía de seguros, los activos o fondos de inversión del contrato, al ser propiedad de la aseguradora y no del cliente, estaban expuestos a las reclamaciones de los acreedores de la compañía aseguradora, y muy especialmente en caso de quiebra.
Esta crítica fue muy acertada (la propiedad directa de un fondo de inversión constituye un activo segregado no expuesto a la quiebra de la entidad gestora o del custodio), y lamentablemente lo sigue siendo hoy día en el caso de las aseguradoras españolas, o francesas o italianas o de muchos otros países. Además, no existe en el ámbito de los seguros un esquema de protección europeo de depósitos, como en el caso de los bancos (hasta 100.000 euros por depositante).
Sin embargo, algunos países tomaron medidas para proteger a los clientes de sus aseguradoras locales, para hacer más seguros y competitivos los unit linked emitidos por ellas. Y gracias a la libre prestación de servicios comunitaria, los clientes españoles pueden beneficiarse de esas medidas.
El primer país en aprobar una solución fue Luxemburgo, con el sistema que se conoce como el «Triángulo de Seguridad«. El regulador luxemburgués obliga a las aseguradoras a depositar el patrimonio de los seguros unit linked en cuentas segregadas de su balance, en bancos custodios europeos expresamente aprobados y sometidos a supervisión directa. Además tienen un régimen legal que hace que el tomador del seguro sea el único acreedor con derecho a cobrar. Esto crea un régimen de protección total frente a la quiebra o suspensión de pagos, pues ni siquiera en esos supuestos otros acreedores pueden pasar por delante del tomador del seguro.
Irlanda es el otro país de la Unión Europea que ofrece un régimen de protección similar (y, hasta 2018, incluso con más garantías que Luxemburgo, al menos sobre el papel), aunque no le han puesto un nombre concreto a su esquema.
¿Cómo funciona en la práctica? Diferencias entre Luxemburgo e Irlanda
Los tomadores de un seguro unit linked con una empresa de seguros irlandesa o luxemburguesa poseen, ante ésta, un crédito especialmente protegido para, en caso de quiebra de la compañía de seguros, ser los primeros en recibir el dinero o los activos asignados a la póliza por delante de cualesquiera acreedores.
En el caso de Irlanda, si los activos asignados a la póliza no fueran suficientes para cumplir con el crédito del cliente (por ejemplo, imaginemos que por causa de la situación concursal, un dividendo de un fondo no se hubiera pagado, aunque estuviera devengado), el cliente tiene además un derecho privilegidado, por delante de cualquier otro acreedor, sobre los recursos propios de la aseguradora.
En el caso de Luxemburgo, este derecho sobre los recursos propios no es absoluto, sino que está subordinado a los derechos de los empleados y del propio estado luxemburgués. En contrapartida, el «triángulo de seguridad» impide que los activos se custodien en jurisdicciones fuera de Europa, de más difícil acceso para recuperar los activos de una póliza.
En la práctica, ambos sistemas son muy similares, pero el luxemburgués nos parece un poco más seguro. La protección en caso de quiebra de la aseguradora es similar, pero si el problema proviene del banco custodio, el que este se encuentre en una jurisdicción lejana e inaccesible a las autoridades europeas constituye un mayor riesgo, (pero que el tomador puede conocer y aceptar de antemano).
Hay que recordar finalmente que lo que está protegido es el valor de los activos de la cartera, no el importe de la prima que se pagó. En eso consiste en el unit linked, en asumir el riesgo de las inversiones.